¿Qué es el descanso biológico?

“El descanso biológico de cierre del caladero de aguas interiores de Euskadi. De esta manera se reduce el esfuerzo que se ejerce sobre los stocks pesqueros de nuestra costa haciendo que la actividad sea más sostenible a largo plazo.”

 

Anualmente se establece un período de descanso biológico de la flota artesanal perteneciente al censo de artes menores con puerto base en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en aras a contribuir a la reducción de la repercusión de la pesca de dichas embar­caciones en el medio marino, acción prevista, por otra parte, en el Programa Operativo del FEMP 2014-2020 que se enmarca entre las prioridades de la Unión Europea para el fomento de una pesca sostenible.

 

La Política Pesquera Común tiene como uno de sus objetivos esenciales potenciar una flota profesional, económicamente rentable, que garantice una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, de manera que permita un aprovechamiento óptimo sin poner en riesgo el equilibrio biológico de las poblaciones explotadas y la integridad del medio físico. En este sentido, el Reglamento (UE) N.º 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, establece el nuevo marco normativo sobre la Política Pesquera Común, su ámbito de aplicación, sus objetivos y los principios de buena gobernanza.

Este paro biológico permitirá llevar a cabo una reducción del esfuerzo de pesca en los calade­ros de la costa vasca y facilitar la reproducción de alevines de algunas de las especies objetivo de esta flota artesanal.

La flota afectada comprende los oficios o modalidades siguientes: nasas, malla­bakarra, trasmallo, palangre, líneas de mano y curricán.